El caso fue oportunamente archivada y el
texto de la nota expresa textualmente:
"Sres. Ministros del Poder Judicial
Sres. Jueces
Presente
De mi mayor consideración:
Esta nota se presentó en la sede del Poder
Judicial Penal de Soriano con sede en la ciudad de Mercedes, Se hicieron todos
los pasos que correspondientes sin alertar a la prensa, sin molestar el
accionar libremente de la justicia como corresponde. Pero me he desalentado
como ciudadano que se ve que El Poder Judicial no le interesa en nada lo que un
ciudadano común presenta como una falla que es una acción que es muy evidente y
que se usa el dinero de todos nosotros para uso personal desacreditando Nuestra
Constitución Nacional y un ciudadano simple y común alerta como es su deber a
la Justicia (les recuerdo que si una persona ve que hay mal uso de los dineros
públicos y no lo dice pasa a ser cómplice) yo lo hice lo pase a la justicia y
creo que hoy cumplida mi responsabilidad como ciudadano, ve que los Cómplices
pasaron a ser todo el aparato Judicial, si viendo que se estudió a pleno todo,
que para lograr más tiempo pasaron todo a la oficina de JUTEP, esta se expide a
favor del pueblo y le da herramientas para que el juez proceda y no ocurre
nada, aunque se encontró que todo lo escrito es pura verdad, se citaron por
parte de la Justicia Penal uno a uno a los responsables y hasta el día de hoy
no se ve que exista una expedición, una declaración de parte del Poder
Judicial, no hay respuesta y lo que es peor, los que actúan deshonestamente, en
sus discursos hacen jocosamente y dicen claramente que el accionar nulo de
Nuestro Poder Judicial es porque lo que ellos hacen es lo correcto. Dejando en
evidencia de que el Poder Judicial no actúa y ellos aún haciendo todo mal con
beneficios personales, demostrado por el Tribunal de cuenta Observando el gasto
mes a mes, Sabiendo que la Justicia Penal estudio el caso y es una clara
violación a la Constitución Nacional y abalada por JUTEP, El Poder Judicial no
actúa. Ho me dirijo a ustedes y pongo esto nuevamente en su conocimiento, pero
entiendo de que si la Justicia, que es quien debe ser el que debe hacer cumplir
los derechos y obligaciones no actúa aun teniendo toda la información, creo que
lo que hice de mantener mi total silencio, es malo, debo presentar y publicar
todo esto en la prensa Nacional y Departamental para que alguien haga algo para
que se respeten las leyes y si no actúa el poder Judicial, al menos dejamos
publicado todo para que esto sea un ejemplo de que los ciudadanos debemos hacer
valer nuestra Constitución aunque el Poder Judicial no lo haga.
Le adjunto la nota que a todos los ministros
del Poder Judicial se la entregue antes de entregarla en el juzgado Penal de
Mercedes y espero que antes de que tenga la necesidad de hacer una Publicación
Masiva tanto en la Prensa como en todas las redes sociales, Nuestro Poder
Judicial Emita una señal de que sobre esto hace algo. Esto es muy importante
porque de esa manera los ciudadanos se animaran a mostrar lo que muchas veces
se le oculta a la Justicia y la Justicia tendrá un aliado que es el Pueblo y no
un incrédulo de la actuación de la Justicia que será el mismo pueblo que ve que
le sacan el Dinero violando la Constitución Nacional y la justicia sabiendo
todo no actua.
Mil disculpas si uso algún término que no
corresponde o que no es correcto pero estoy muy indignado y espero que ustedes
puedan lograr que esta indignación se convierta en una confianza plena de
quienes Cuidan que se cumplan los derechos de nuestra gente, del país y de la
Constitución Nacional.
Muchas gracias.
Juan Gutiérrez
Copia de lo entregado:
Mercedes, 09 de marzo de 2017.
PODER JUDICIAL
JUZGADO
DEPARTAMENTAL SORIANO
SR. JUEZ DEPARTAMENTAL
PRESENTE
De mi mayor consideración:
Me
dirijo a usted para hacer una “solicitud”,
que a mi entender debo hacer como ciudadano natural, legítimo de La
República Oriental del Uruguay y que corresponde que la misma se haga cuando un ciudadano ve que algo no
está de acuerdo a la ley y nuestra Constitución Nacional, aunque la misma
corresponde hacerla por un Abogado que legitime lo escrito cosa que me es
difícil lograr. La correspondiente es
relacionada a los 31 miembros titulares del Legislativo Departamental, (Ediles
Titulares Departamentales) que hoy están cobrando una partida de 40 UR y la
misma es usada para gastos personales y según declaraciones de ellos mismos es
para su uso personal justificando la misma con una boleta de “Gasto de
Combustible”. Mi interés es que usted pueda realizar un análisis y verificar lo
que aquí describo en esta nota, relacionada a los 31 miembros titulares del
Legislativo Departamental. En mi opinión y de acuerdo con lo que dicta la
Constitución Nacional, el cargo de edil es "nominativamente"
honorario desde siempre, no de ahora. Estos funcionarios de la soberanía
departamental han encontrado diversos caminos, a lo largo de los años
transcurridos desde el restablecimiento democrático, para burlar la naturaleza
gratuita de su función. Y esto lo han hecho los ediles de todos los partidos.
Es claro que el Poder Judicial poco puede hacer involucrándose en el Poder
Legislativo Departamental, pero en caso de una omisión y tratándose de los
Dineros Públicos entiendo que se debe hacer respetuosamente.
Con
esto no quiero decir que el trabajo no se deba pagar, pero vulnerar la
Constitución Nacional justamente por quienes deben saberla y bregar porque ésta
no sea vulnerada, no debe ser tolerado, mas sabiendo que allí hay persona
capacitadas en lo legal que son miembros titulares que trabajan en lo referente
a las Leyes. Entiendo que esto es un referente de que debe saberse que lo que
están haciendo actualmente lo considero
una falla grave porque se usa el Dinero Público en su uso para sus cosas
particulares y por eso trasmito mi inquietud al Poder Judicial ya que es quien
puede entender si lo que trasmito es correcto o no lo es. Esto, los
Legisladores deben corregirlo por un
lado, eliminado el carácter honorario en la primera oportunidad, por otra
parte, encontrar el camino para que lo que es irregular que deje de serlo, no
se practique más.
Por
esto, espero que se tome seriamente y que no se confunda algo peor que
transgredir la Ley por parte de quienes tienen que cuidar que la misma sea
completamente atendida y respetada en este caso por el Poder Ejecutivo
Departamental. Entiendo y digo bien entiendo no juzgo ni emito juicio, que esta
acción que trasmito a usted al modo de aclaración, es burlarse de la ley violentándola
públicamente y al no actuar la Justicia se puede entender que tiene el
consentimiento implícito de la justicia quien justamente debe impedir que esto
suceda, que ya para los Legisladores Departamentales parece un hecho normal y
como lo dije, allí hay conocedores de la ley que deberían actuar en
consecuencia y esto pasa a ser más grave la falta si no actúan para cambiar o
corregirla . Siempre aclaro que entiendo la
omisión de la Justicia al igual que el Tribunal de cuenta ya que el
ultimo avisa de lo que está mal y no se la Justicia si debe o no actuar.
Esta
solicitud le permitirá solicitar también que los ediles se abstengan de recibir por un camino fraudulento, engañoso,
una remuneración que resulta razonable pero que, ahora
es ilegítima y penada por la Constitución Nacional en su Artículo 295.
De acuerdo a lo que indica el Texto de la
Constitución de la República. Constitución de 1967 con las modificaciones
plebiscitadas el 26 de noviembre de 1989, 26 de noviembre de 1994, 8 de
diciembre de 1996 y 31 de octubre de 2004. En todas estas oportunidades se ha
intentado incluir la modificación del Art. 295 pero en ninguna se ha podido modificar
por decisión del Soberano Pueblo. Los Legisladores Departamentales, Ediles,
están cobrando una partida fija de cuarenta unidades reajustables por mes desde
el día en que asumieron a este cargo, presentando para cobrar la misma contablemente una boleta que indica, (Gasto
de, supuestamente de Nafta), o sea de
uso de combustible, sabiendo que esto no es para nada legal, como tampoco es un
"FORFETAIRE", Término Francés que indica un pago alto para cerrar el
tema, en que no requiere la presentación del comprobante de gasto ya que el
gasto es para cosas personales. Esto está siendo observado continuamente por el
“Tribunal de Cuentas de la Nación”, los integrantes de la Junta Departamental
lo saben, lo reconocen como dinero mal habido y de igual manera lo siguen
cobrando mensualmente, desconociendo lo que indica constantemente el Tribunal
de Cuentas, cuando es muy claro que nuestra Constitución dice en su CAPITULO
IX.
Artículo 295.- Los cargos de miembros de
Juntas Departamentales y de Juntas Locales serán honorarios.
Este Articulo 295 no se cumple ya que como lo
dije, los Legisladores departamentales Titulares están percibiendo un pago que
es usado como salario personal y esto no
es correcto, esto es hacer mal uso de los Dineros Públicos o sea nuestros
Patrimonios económicos y nos perjudica a todos los Sorianenses. En lo que baso
esta nota es lo que indica la constitución Nacional que dice en la Sección I,
De la nación y la soberanía, Capítulo I, Artículo 3º.- Jamás será el
patrimonio de personas ni de familia alguna. Mientras que en la SECCION XIX.
Artículo 329.- Decláranse en su fuerza y
vigor las leyes que hasta aquí han regido en todas las materias y puntos que
directa o indirectamente no se opongan a esta Constitución ni a las leyes que
expida el Poder Legislativo.
Esto a mi modo de entender, Hace notorio esta
deficiencia, este incumplimiento y corresponde que se declaren nulos todos los
actos, resoluciones y hechos desde el primer día que comenzaron a recibir este
Dinero del Pueblo los treinta y un- “Ediles Titulares Departamentales” de este
período Político Departamental, que sin
Ley ni Decreto que los ampare, pero aun así los continúan cobrando. A mi
entender se debe declarar nulo hasta tanto la Corte Electoral entienda que esto
que digo es correcto, se debe aplicar y si corresponde, el Poder Judicial les
aplique el peso de la ley por usar este Dinero Público, que al comenzar a
cobrarlo y reiterar con el voto de la Asamblea de que el mismo se incremente en
10 UR más y se lo votaron ellos mismos es ratificar el incumplimiento del Art.
295 de nuestra Constitución Nacional, dejando en total evidencia, por toda esta
asamblea Legislativa Departamental, que sus miembros están burlando el Artículo
295.
A mi entender, corresponde que se les obligue
a renunciar a sus cargos de Ediles Departamentales y deberían reintegrar todo
el dinero cobrado hasta el día de hoy, dejar
sin efecto en sus funciones Legislativas desde el día que asumieron ya
que desde ese día incurrieron en la falta a la Constitución Nacional Articulo
295 y que la Corte Electoral convoque a los respectivos suplentes para evitar
ausencias en este Legislativo Departamental tal como lo indica la Ley.
Los
Legisladores actuales están cometiendo un grave error al usar el dinero público
en su uso particular. Aclarando que no es deshonesto cobrar por realizar un
trabajo a quien lo haga, pero en este caso, puntualmente, la Constitución Nacional lo aclara muy
enfáticamente (Capitulo IX, articulo 295), que estos cargos son totalmente
Honorarios, o sea que están cobrando de los dineros públicos. Todos sabemos que
para mantener el orden, todos debemos manejarnos legalmente y dentro de la Ley
redactada por Nuestra Constitución Nacional para poder actuar en Democracia. Es
nuestro Poder Judicial el encargado de juzgar a quien incumple con las leyes de
nuestra Constitución, además es un deber
de la Corte Electoral el observar de la misma manera que lo hace el Tribunal de
Cuentas, pero en este caso debe actuar cuando sabiendo que los Legisladores
están incumpliendo con sus deberes y responsabilidades y este es un error de mal funcionamiento
Legislativo en contra de los patrimonios del Pueblo, si es que corresponde así
denominarlo muy respetuosamente.
Le
saluda a usted muy atentamente.-
Juan
Gutiérrez
Nombre: Juan Eugenio Gutiérrez Cabrera, CI:
3.220.474-9, CC. MAA 45242, Soriano. Domicilio Legal Calle 28 de Febrero 190
Mercedes- Soriano, Correo electrónico: juanguti80@gmail.com ,Teléfono:
099532563.
Firma
Aclaración".